A partir del 1 de octubre, cambia la normativa de acceso a Reino Unido. Desde esta fecha, los españoles que deseen viajar al país deberán presentar su pasaporte y no podrán hacerlo como hasta ahora, solo con el DNI , salvo para aquellas personas que hayan utilizado este documento en su registro del ‘EU Settlement Scheme’, que podrán seguir utilizándolo hasta el 31 de diciembre de 2025: https://www.gov.uk/guidance/visiting-the-uk-after-brexit
Además de España, también se verán afectados por esta modificación la mayoría de los estados de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza. Amplíe más información aquí
Los ciudadanos españoles pueden visitar Reino Unido sin visado por un máximo de seis meses si se trata de un viaje de placer o si es de corta duración por motivos laborales o educativos.